Reunir los documentos antes de publicar acorta la venta en semanas. Esta es la lista base; su notario le dirá si su caso necesita algo más.
Del inmueble
- Escritura de adquisición inscrita en el Instituto de la Propiedad.
- Certificación registral reciente (dominio y libertad de gravamen).
- Plano o constancia catastral con medidas y colindancias.
- Solvencia municipal del impuesto de bienes inmuebles.
- Recibos recientes de energía y agua.
- En condominios: reglamento y constancia de cuotas al día.
De quien vende
- Identificación vigente y RTN.
- Si está casado o en unión de hecho y el inmueble es de la sociedad conyugal, el consentimiento del cónyuge o compañero.
- Si firma otra persona, poder suficiente otorgado ante notario.
- Si vende una sociedad: escritura de constitución, nombramiento del representante y la autorización que exijan sus estatutos.
Casos especiales
- Hipoteca vigente: estado de cuenta del banco y carta con el monto para cancelarla; la cancelación se inscribe junto con la venta.
- Herencia: la sucesión debe estar resuelta e inscrita a nombre de los herederos antes de vender.
- Propiedad en el extranjero o vendedor fuera del país: poder apostillado o consularizado.
Y los impuestos
La compraventa causa el impuesto de tradición (1.5 %) y puede causar el impuesto de ganancia de capital (10 %) a cargo de quien vende, salvo exclusiones. Vea Gastos de cierre.

